El DAI: una herramienta para no seguir al margen de las decisiones....

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Mexico
Se realizó entre 2005 y 2007; auspiciado por la Fundación Hewlett. Buscó estrategias para que comunidades marginadas utilizaran el derecho de acceso a la información en su beneficio. Participaron 20 organizaciones civiles de nueve entidades de la República Mexicana. Sus resultados fueron evaluados por la UNAM: se logró identificar elementos útiles para desarrollar estrategias que faciliten a las comunidades marginadas contar con los recursos humanos y técnicos necesarios para hacer uso de los procedimientos de acceso a información pública. Muchas personas, organizaciones e incluso personal de los tres niveles de gobierno desconocen o no ejercen el DAI. Los resultados obtenidos muestran la necesidad de promover el ejercicio de este derecho, incorporando a nuevos actores que aprendan a utilizarlo en su beneficio.

miércoles, 10 de septiembre de 2008

EXPERIENCIA DE REOS FEDERALES EN EL ACCESO A LA INFORMACIÓN

En Ciudadanos en Apoyo a los Derechos Humanos A.C., organización civil no gubernamental, trabajamos desde hace 15 años en la defensa y promoción de los derechos humanos (DH) en el estado de Nuevo León. A partir de nuestras actividades desde hace 13 años hemos realizado una especial labor en el acompañamiento y defensa de las personas privadas de su libertad en nuestra entidad.

Como organización hemos podido constatar en múltiples ocasiones que los internos se ven expuestos a una serie de violaciones a los derechos humanos, que incluyen tortura, tratos crueles, inhumanos y degradantes, violaciones a su derecho a la intimidad, carencias en la atención médica, una deficiente alimentación, infraestructura inadecuada y explotación laboral.

Entre las graves carencias y la sistemática violación a los derechos humanos de las y los reclusos, hemos podido comprobar y documentar que una de sus principales problemáticas reside en el desconocimiento de sus respectivos procesos legales y de los diversos trámites en los que por su situación se ven envueltos tanto las y los reos del orden común como aquellos sentenciados por delitos federales.

En los casos del fuero común son las autoridades estatales las responsables de la ejecución de las sentencias y las responsables de las situaciones descritas. Sin embargo, los reos del fuero federal, para ciertos efectos se encuentran bajo la autoridad del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social (OADPRS) dependiente de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) federal, instancia que resuelve los asuntos relativos a los beneficios de libertad, los traslados, apoyos a programas laborales, educativos y culturales

En la experiencia de esta organización, el OADPRS tiene un comportamiento caracterizado por la lentitud y la opacidad. Lo que deja a los internos en un estado de indefinición legal, en el que desconocen sus derechos y los caminos posibles para hacerlos valer.

Entre las irregularidades específicas que hemos detectado, está la omisión de dar respuesta a las solicitudes de los internos, la excesiva dilación en la concesión de beneficios de libertad y la negación injustificada de éstos por parte del OADPRS.

La importancia por parte de los internos de conocer sobre el estado de sus expedientes y las posibilidades de obtener un beneficio de libertad residen en que estos beneficios son aquellos que permiten a los internos que reúnen ciertas características cumplir fuera de prisión dos quintas partes de sus sentencias.

Hemos podido observar que, a causa de la lentitud de los trámites y la escasa disposición del OADPRS para otorgar estos beneficios, aún a quienes cumplen cabalmente con los requisitos, se ocasiona una incertidumbre sobre el tiempo a permanecer en un régimen de privación de libertad y termina resultando en el injusto y lamentable hecho de la estancia en prisión, a veces por años, de personas que debieran no estarlo, o que acceden a los beneficios a sólo días de alcanzar la ejecución completa de su sentencia.

Dicha dependencia federal no sólo desdeña las solicitudes de los internos, sino las de la sociedad civil en general, de tal forma que de todos los oficios que como organización le hemos enviado durante el transcurso de los años, nunca logramos recibir respuesta.

Ante esta delicada situación de vulnerabilidad a la que se enfrenta la comunidad penitenciara, decidimos participar en el proyecto IFAI-Comunidades durante la segunda mitad del año 2007, llevando a cabo trece talleres de acceso a la información con internos federales que se encuentran recluidos en dos de los tres centros penitenciarios del Estado de Nuevo León: el Centro de Readaptación Social Cadereyta (CERESO Cadereyta) y el Centro de Prevención y Readaptación Social Topo Chico (CEPRERESO Topo Chico).

En estas sesiones nuestro trabajo se enfocó en capacitar a los internos e internas para la formulación de preguntas relativas a sus expedientes sobre el otorgamiento de beneficios de libertad; este ejercicio mostró la voluntad de parte de los internos de aprovechar el acceso a la información.

Es importante señalar que la realización de los talleres no estuvo exenta de obstáculos, destacando dilaciones y negativas por parte de las autoridades penitenciarias, así como el constante monitoreo de los talleres, llegando incluso a video grabar los talleres.

Tras años de experiencia en el sistema penitenciario sabemos que, desgraciadamente, las autoridades y la sociedad asumen que el hecho de haber sido encontrado culpable de la comisión de una conducta delictiva, implica también la pérdida de todo tipo de derechos.

Detrás de esta argumentación encontramos la justificación de la tortura y los tratos crueles, inhumanos o degradantes y de la sistemática violación de los derechos humanos de las personas privadas de libertad, así como en general del abandono por parte de los gobernantes de los sistemas penitenciarios.

Ante esta realidad, nos propusimos enfatizar su estatus de sujetos de derecho y para lograrlo llevamos a cabo la capacitación de aproximadamente 200 internos y la gestión en su nombre de un centenar de solicitudes de datos personales al OADPRS.

Ante el gran número de solicitudes y la novedad de su uso por parte de las y los internos federales de Nuevo León, la respuesta de las autoridades fue rechazar en bloque las preguntas aduciendo que en realidad no se trataban de solicitudes en el marco de la Ley de Transparencia y que había otros medios para acceder a dichos datos, entre dichos mecanismos mencionaron un número gratuito fuera de servicio y un vínculo de Internet deshabilitado por varios días. Ante esta cerrazón de las autoridades, se interpusieron los respectivos Recursos de revisión ante el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública (IFAI).

Tras la espera de rigor, el IFAI, mediante la resolución de los recursos de revisión que se interpusieron en el mes de octubre de 2007, ordenó a la SSP en la totalidad de las solicitudes revisadas que concediera la información requerida por los internos respecto a sus trámites realizados ante el OADPRS.

Una vez que comenzaron a llegar las notificaciones de entrega de la documentación, siendo esto a partir del mes de enero de 2008, por parte de CADHAC y tras buscar afanosamente la ayuda de diversos Notarios Públicos de la localidad, realizamos los poderes notariados correspondientes a cada interno, toda vez que este es uno de los requisitos marcados por la Ley de Transparencia que hay que cubrir para la entrega de información cuando la parte interesada no pude acudir personalmente a recibir la respuesta a su solicitud de Datos Personales; logrando que un grupo de Notarios nos acompañaran de manera solidaria a los dos centros penitenciarios.

Con los poderes en mano y la expectativa de los internos, nos trasladamos al edificio de la Secretaría de Seguridad Pública, ubicado en el Distrito Federal, a fin de traer copia de la documentación proporcionada por dicha Secretaría, misma que fue entregada a todos los internos.

Cuando los internos recibieron la documentación proporcionada, éstos no quedaron satisfechos con el resultado, ya que la información que se les proporcionó es muy vaga y en otros casos fue nula.

Esta situación causó en los internos diversas reacciones ante cada respuesta. Las respuestas obtenidas podemos clasificarlas de la siguiente manera:

a) Negaciones de los beneficios de preliberación. Las explicaciones en los documentos proporcionados por la Secretaría de Seguridad Pública respecto a las negativas de beneficios les parecieron a los internos absurdas e injustas, inclusive sin la información correcta de su expedientes, ejemplo: se negaba el beneficio por no ser primodelicuente a aquellos que sí lo eran, por lo que pidieron que se revisaran su expediente, se mostraban impotentes al enterarse de los delitos que en ocasiones se les imputaban sin su conocimiento, además de que no existía una clara referencia a sus expedientes y casos concretos.

b).- En algunas de las solicitudes, la respuesta de la Secretaría de Seguridad Pública, fue una resolución en la que declaraba la inexistencia de documentos donde se desprendiera alguna referencia a su preliberación, en este caso aquellos internos que tenían el conocimiento de que habían comenzado con su respectivo trámite y se les informaba que no había tal quedaron muy molestos al comprobar la ineficacia del OADPRS para llevar adelante sus propias obligaciones de manera correcta y oportuna.

Estos resultados, lejos de lo que pudiera parecer a simple vista, han abierto las posibilidades de nuevas estrategias en el acceso a la justicia para uno de los sectores más desprotegidos de la sociedad: las personas privadas de libertad.

Con la obtención de las negaciones, los internos pueden ahora verificar en qué instancia se encuentra la principal barrera en el acceso al goce de los beneficios de libertad. Aún los documentos que señalan la inexistencia de información, al ser cotejados con los documentos pertenecientes a los internos en donde se prueba lo contrario, son nuevos elementos que permiten mejorar las estrategias emprendidas para que el acceso a los beneficios deje de ser un hecho fortuito y sujeto a eventualidades.

El hecho de que a través del acceso a la información los internos puedan hacer valer su derecho a este y a beneficios diversos, además de lo que hemos señalado, ha servido para abrir camino a nuevas etapas de la lucha por alcanzar el acceso de los internos a una vida digna.

En la medida en que logramos ubicar las razones de las dilaciones y negativas de las autoridades, vamos también mejorando las posibilidades de lograr su erradicación, al tiempo que obligamos a las autoridades a ser más eficientes con nuestra constante observación de sus actos.

A pesar de los tiempos, trámites y costos creemos que a través de este proyecto hemos abierto un espacio para lograr la transparencia en el sistema penitenciario. Esto a pesar de los cierres de puertas, de la presión, insinuaciones y los retrasos a los que fuimos objetos.

Especialmente cuando en los últimos 4 meses del 2007, fecha de la gestión de las solicitudes, se dieron el 58% de los 135 beneficios de libertad otorgados en el año, de los cuales 35 fueron internos que habían solicitado información al OADPRS.

Este resultado nos demuestra que el ejercicio del derecho a la información, además de ser garante del conocimiento de las acciones u omisiones del Estado posibilita en nuestro contexto una acción más expedita y eficaz de las autoridades, favoreciendo esto el empoderamiento de la ciudadanía y cerrando puertas a la injusticia e impunidad.

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